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6 de mayo de 2026Fiscalidad y CumplimientoLegal y RegulatorioEmpresa y Derecho

Impuesto de sociedades de los EAU: la segunda campaña de declaración y las trampas de cumplimiento que atrapan a las empresas

Se acerca la segunda campaña de declaración del impuesto de sociedades de los EAU. Las empresas con cierre de ejercicio en diciembre de 2025 deben presentar la declaración y abonar el impuesto antes del 30 de septiembre de 2026. La Autoridad Tributaria Federal (FTA) ya no actúa con criterio pedagógico: su capacidad de inspección creció un 135 % el año pasado, el cruce digital de datos coteja ya las declaraciones del impuesto de sociedades con las del IVA y con la información aduanera, y la Decisión del Consejo de Ministros n.º 129 de 2025 reestructuró por completo el marco sancionador con efecto desde el 14 de abril de 2026.

Documentos financieros y cumplimiento fiscal

El mandato de auditoría de las QFZP: sin umbral de ingresos

El cambio de mayor trascendencia para las sociedades de zona franca entra en vigor en esta campaña de declaración. Anteriormente, las entidades de zona franca solo necesitaban estados financieros auditados cuando los ingresos anuales superaban los AED 50 millones. A partir de los periodos fiscales que comiencen el 1 de enero de 2025 o después, toda entidad QFZP debe someterse a una auditoría, con independencia de sus ingresos. Una empresa que facture AED 1 millón se enfrenta al mismo requisito de auditoría que otra que facture AED 100 millones.

El requisito especifica estados financieros auditados de propósito especial, elaborados específicamente para el cumplimiento fiscal y la presentación ante la FTA. Estos difieren de las cuentas anuales ordinarias elaboradas conforme a las NIIF. Las empresas que aún no hayan contratado auditores deben actuar de inmediato: las firmas de Dubái y Abu Dabi informan de cuellos de botella significativos para la campaña de auditoría de 2026.

Sanciones de la FTA (en vigor desde el 14 de abril de 2026) 10000 Registro tardío 500 Presentación tardía/mes 14 Pago tardío %/año Polaris Research

Cinco errores de presentación que la FTA está detectando

Primero, las entidades QFZP que no presentan declaración. Una empresa de zona franca con una renta cualificada al 0 % aún debe registrarse, presentar declaración y ahora presentar estados financieros auditados de propósito especial. No registrarse acarrea AED 10.000; no presentar declaración acarrea AED 500 al mes, importe que se incrementa con el tiempo.

Segundo, los desajustes entre las declaraciones de IVA y de impuesto de sociedades. La FTA coteja estas presentaciones de forma digital. Los ingresos declarados en las declaraciones de IVA que no aparecen en las declaraciones del impuesto de sociedades constituyen ahora un desencadenante automático de auditoría.

Tercero, las operaciones entre partes vinculadas sin documentación de precios de transferencia. El principio de plena competencia se aplica a todas las operaciones entre partes vinculadas. Las empresas que superen los AED 40 millones en operaciones de grupo deben mantener un Archivo Local (Local File) y un Archivo Maestro (Master File).

Cuarto, reclamar incorrectamente la Bonificación para Pequeñas Empresas (Small Business Relief). La SBR exige una opción activa en la declaración: no es automática. Tampoco está disponible para las QFZP ni para los miembros de grupos multinacionales. La bonificación expira el 31 de diciembre de 2026.

Quinto, el registro tardío. La ventana de exención por una sola vez se cierra el 31 de julio de 2026 para las sociedades con cierre de ejercicio en diciembre de 2025. A partir de esa fecha, la sanción es de AED 10.000 sin posibilidad de recurso.

La FTA está intensificando la aplicación efectiva. La capacidad de auditoría aumentó un 135 % en 2024, impulsada por herramientas de cruce digital de datos que cotejan las declaraciones del impuesto de sociedades con las declaraciones de IVA, los registros aduaneros y los estados financieros.— Análisis del sector, Kayrouz & Associates, marzo de 2026

Facturación electrónica: la próxima capa de cumplimiento

El mandato de facturación electrónica de los EAU se está implantando por fases. Un programa piloto voluntario comienza en julio de 2026, y el cumplimiento pasa a ser obligatorio en enero de 2027 para las empresas con ingresos superiores a AED 50 millones. Las empresas más pequeñas se incorporarán en fases posteriores. Las empresas deben empezar a evaluar ahora la preparación de sus sistemas: el mandato exigirá la generación, transmisión y archivo digital de facturas en un formato que cumpla las especificaciones de la FTA.

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La perspectiva de Polaris

Polaris gestiona el cumplimiento del impuesto de sociedades para clientes de todas las jurisdicciones de los EAU, desde el registro inicial ante la FTA y la evaluación de la condición de QFZP hasta la preparación de la declaración anual, la documentación de precios de transferencia y la coordinación de auditorías. Garantizamos que su estructura y sus declaraciones estén alineadas antes de que la FTA las examine.

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