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3 de mayo de 2026Fiscalidad y CumplimientoLegal y Regulatorio

Decisión del Consejo de Ministros 129/2025: el nuevo régimen sancionador fiscal de los EAU, explicado

La Decisión del Consejo de Ministros n.º 129 de 2025 reestructuró el marco de sanciones fiscales administrativas de los EAU, con efecto desde el 14 de abril de 2026. Los cambios afectan a todos los contribuyentes registrados ante la Federal Tax Authority y abarcan las infracciones de la Ley de Procedimientos Tributarios, la Ley del IVA y la Ley del Impuesto de Sociedades. Los objetivos son claros: simplificar el cálculo de las sanciones, mejorar la proporcionalidad y fomentar el cumplimiento voluntario.

Documentos legales y cumplimiento normativo

Qué cambió

El cambio más significativo es la reestructuración del recargo por pago tardío, que pasa de un cálculo diario a un tipo anual del 14 %, aplicado mensualmente. Esto sustituye la anterior estructura de sanción diaria, que podía escalar con rapidez y de forma desproporcionada para las empresas que incumplían los plazos de pago aunque fuera por unos pocos días.

La sanción por presentación tardía se mantiene en 500 AED para el primer mes, pero se ha aclarado el calendario de escalada. El registro tardío conlleva una sanción fija de 10.000 AED. La sanción por presentar una declaración incorrecta es de 500 AED, pero la verdadera exposición no es la sanción en sí, sino la nueva liquidación de la deuda tributaria que suele seguir a una presentación incorrecta.

La divulgación voluntaria sigue reduciendo las sanciones, un principio que la FTA ha reforzado. Las empresas que identifican y comunican errores antes de una inspección se benefician de tipos de sanción sustancialmente más bajos que aquellas cuyos errores se descubren durante un examen de la FTA.

Recargo por pago tardío: antes y después 18% Antes (%/año) 14% Después (%/año) Polaris Research

Cambios procedimentales en el IVA

A partir del 1 de enero de 2026, se suprimió la obligación de emitir una autofactura para las operaciones con inversión del sujeto pasivo. Las empresas deben ahora conservar registros justificativos completos —contratos, órdenes de compra, confirmaciones de entrega y comprobantes de pago—, ya que la FTA se basará en estos documentos en lugar de en una autofactura durante las inspecciones.

La supresión del requisito de autofactura reduce la carga administrativa, pero aumenta la importancia de una llevanza de registros exhaustiva. Las empresas con prácticas de documentación deficientes se enfrentan a una mayor exposición en las inspecciones de la FTA, porque la prueba justificativa que antes residía en un formato normalizado de autofactura debe ahora demostrarse mediante los documentos comerciales subyacentes.

Saldos a favor de IVA: el reloj de los cinco años

Se aplica un nuevo plazo de prescripción de cinco años a los saldos a favor de IVA. Los créditos de períodos fiscales originados antes de enero de 2021 están prescribiendo o ya han prescrito. Las empresas con saldos a favor históricos deberían presentar solicitudes de devolución o reclamaciones de compensación antes de que se cierre la ventana de prescripción. Se dispone de un período transitorio de un año para los créditos cuyo plazo de cinco años ya haya expirado o vaya a expirar en el plazo de un año a partir de enero de 2026.

Se trata de una acción práctica. Los equipos financieros deberían identificar todos los créditos de IVA pendientes por período fiscal de origen, calcular cuándo se cierra cada ventana de cinco años y priorizar su recuperación antes de que venzan los plazos.

Respuesta estratégica

El marco reestructurado recompensa el cumplimiento proactivo y penaliza el descubrimiento reactivo. Las empresas deberían tratar la divulgación voluntaria como el mecanismo por defecto para corregir errores históricos, asegurarse de que las declaraciones de IVA y de impuesto de sociedades estén conciliadas internamente antes de su presentación y mantener una documentación lista para inspección en todo momento, no solo durante los períodos de presentación.

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La perspectiva de Polaris

Polaris gestiona el cumplimiento fiscal en materia de IVA, impuesto de sociedades y precios de transferencia para clientes en todas las jurisdicciones de los EAU. Revisamos las presentaciones históricas en busca de exposición a sanciones, preparamos divulgaciones voluntarias cuando procede y nos aseguramos de que las declaraciones en curso estén conciliadas entre todas las obligaciones fiscales antes de su presentación ante la FTA.

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