Asesoramiento estratégico sobre el régimen del impuesto de sociedades de los EAU, la condición de persona cualificada de zona franca (QFZP), los precios de transferencia y la opción por el grupo fiscal.
La introducción del impuesto de sociedades en los EAU, con un tipo del 9 % sobre la base imponible que supera los 375.000 AED, ha transformado por completo la planificación fiscal de cualquier empresa con sede en el país. Aunque el tipo nominal es competitivo en términos internacionales, la complejidad del régimen reside en su interacción con las estructuras de zona franca, las obligaciones de precios de transferencia, el régimen de consolidación fiscal y la exención de la persona cualificada de zona franca (QFZP).
Para las entidades de zona franca, la cuestión decisiva es si reúnen los requisitos para aplicar el tipo del 0 % sobre la renta cualificada. La condición de QFZP exige cumplir condiciones de sustancia, de ingresos y de cumplimiento que requieren un análisis riguroso y un seguimiento permanente. El incumplimiento de cualquiera de ellas, incluso de forma involuntaria, hace que la entidad tribute al tipo general del 9 % sobre la totalidad de su renta.
La documentación de precios de transferencia es hoy obligatoria para todas las operaciones entre partes vinculadas. La constitución de un grupo fiscal permite a las sociedades vinculadas (con una participación igual o superior al 95 %) presentar una declaración consolidada; ahora bien, su interacción con la condición de QFZP exige un análisis cuidadoso. Polaris ofrece un asesoramiento fiscal estratégico que integra las consideraciones tributarias en las decisiones más amplias de estructuración societaria y acompaña al cliente para optimizar su posición fiscal aprovechando todas las estructuras disponibles en los EAU, Chipre y Suiza.
Respuestas basadas en las normas publicadas por las autoridades y reguladores de los EAU. Cada respuesta enlaza con su fuente oficial. Última revisión: 5 de noviembre de 2026.
El tipo general es del 9 %, aplicado a la base imponible que supera los AED 375,000; el tramo hasta AED 375,000 inclusive tributa al 0 %. Ambas cifras las publica el Ministerio de Finanzas al amparo del Decreto-Ley Federal n.º 47 de 2022. El régimen se aplica a los ejercicios iniciados el 1 de junio de 2023 o después, de modo que una sociedad con ejercicio coincidente con el año natural está dentro de su ámbito desde el 1 de enero de 2024. La base imponible parte del beneficio neto contable de sus estados financieros y se ajusta después conforme a la ley. Revisamos los ajustes, las opciones y los beneficios fiscales a su alcance antes de preparar la primera declaración, para que la posición que presente sea la que pretendía.
Fuentes: Ministerio de Finanzas — Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sociedades; Autoridad Tributaria Federal — Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sociedades (consultado el 24 de octubre de 2026)
Solo si es Persona Cualificada de Zona Franca, y solo sobre su renta cualificada. Las condiciones de la FTA son que la sociedad mantenga sustancia suficiente en una zona franca, obtenga renta cualificada, no haya optado por tributar al tipo general, cumpla el principio de plena competencia y conserve documentación de precios de transferencia, prepare estados financieros auditados y mantenga los ingresos no cualificados dentro del límite de minimis del menor de AED 5 millones o el 5 % de los ingresos totales. Todo lo que no es renta cualificada tributa al 9 %, y la Persona Cualificada de Zona Franca no disfruta del tramo al 0 % sobre los primeros AED 375,000. Contrastamos cada línea de ingresos con las listas de actividades cualificadas y excluidas antes de que se apoye en el tipo del 0 %.
Fuente: Autoridad Tributaria Federal — Boletín de información tributaria básica – Personas de zona franca (consultado el 24 de octubre de 2026)
Pierde el tipo del 0 % durante cinco periodos impositivos. La FTA establece que la sociedad que incumple cualquier condición, u opta por el régimen general, deja de ser Persona Cualificada de Zona Franca desde el inicio del periodo impositivo en que se produce el incumplimiento y durante los cuatro periodos impositivos siguientes. Durante ese tiempo toda su base imponible tributa según las reglas generales al 9 %. Como la prueba de minimis y el requisito de auditoría son las condiciones que más a menudo se descuidan, las supervisamos durante el año en lugar de descubrir el incumplimiento al preparar la declaración.
Fuentes: Autoridad Tributaria Federal — Boletín de información tributaria básica – Personas de zona franca; Ministerio de Finanzas — Preguntas frecuentes sobre el impuesto de sociedades (consultado el 24 de octubre de 2026)
Sí, si se cumplen las condiciones del artículo 40 del Decreto-Ley Federal n.º 47 de 2022. La matriz debe ser una persona jurídica residente en los EAU que posea, directa o indirectamente, al menos el 95 % del capital social de la filial, el 95 % de sus derechos de voto y el 95 % de su derecho a los beneficios y al patrimonio neto. Ninguna de las dos puede ser persona exenta ni Persona Cualificada de Zona Franca, y ambas deben compartir el mismo ejercicio y las mismas normas contables. El grupo se trata entonces como un único sujeto pasivo, representado por la matriz, que presenta una sola declaración por todos los miembros. Evaluamos si la consolidación realmente le beneficia antes de solicitarla a la FTA, porque también agrupa las pérdidas y concentra la carga de cumplimiento.
Fuente: Autoridad Tributaria Federal — Decreto-Ley Federal n.º 47 de 2022 sobre la Tributación de las Sociedades y las Empresas (consultado el 24 de octubre de 2026)
El Small Business Relief permite al sujeto pasivo residente en los EAU con ingresos de AED 3,000,000 o menos en el periodo impositivo en curso y en todos los anteriores optar por que se le considere sin base imponible en ese periodo. El umbral lo fija la Decisión Ministerial n.º 73 de 2023, que limita además el alivio a los periodos impositivos que terminen el 31 de diciembre de 2026 o antes. Las Personas Cualificadas de Zona Franca y los miembros de grupos multinacionales no pueden optar, en el periodo elegido no caben otros beneficios ni deducciones, y las pérdidas fiscales de ese periodo no pueden compensarse en ejercicios futuros. La opción se ejerce en la declaración. Modelamos si le conviene más optar o, en su lugar, compensar las pérdidas hacia adelante.
Fuentes: Autoridad Tributaria Federal — Decisión Ministerial n.º 73 de 2023 sobre el Small Business Relief a efectos del Decreto-Ley Federal n.º 47 de 2022; Autoridad Tributaria Federal — Temas del impuesto de sociedades – Small Business Relief (consultado el 24 de octubre de 2026)
Para los periodos impositivos iniciados el 1 de enero de 2025 o después, la Decisión Ministerial n.º 84 de 2025 exige estados financieros auditados a todo sujeto pasivo (salvo los grupos fiscales) con ingresos superiores a AED 50,000,000 en el periodo impositivo, y a toda Persona Cualificada de Zona Franca con independencia de sus ingresos. El grupo fiscal debe preparar estados financieros auditados de propósito especial en la forma que determine la FTA. La anterior Decisión Ministerial n.º 82 de 2023 sigue aplicándose a los periodos impositivos iniciados antes del 1 de enero de 2025. Las sociedades fuera de estas categorías pueden declarar con cuentas sin auditar, aunque la guía de declaraciones de la FTA convierte los estados financieros en anexo obligatorio de la declaración. Coordinamos el calendario de auditoría con el plazo de presentación para que ninguno de los dos se retrase.
Fuentes: Autoridad Tributaria Federal — Decisión Ministerial n.º 84 de 2025 sobre estados financieros auditados a efectos del Decreto-Ley Federal n.º 47 de 2022; Autoridad Tributaria Federal — Guía del impuesto de sociedades – Declaraciones (CTGTXR1) (consultado el 24 de octubre de 2026)
Todo sujeto pasivo debe valorar a precio de plena competencia las operaciones con partes vinculadas y personas conectadas, pero el archivo maestro y el archivo local formales solo se exigen por encima de los umbrales de la Decisión Ministerial n.º 97 de 2023: ingresos de AED 200,000,000 o más en el periodo impositivo, o pertenencia a un grupo multinacional con ingresos consolidados de AED 3,150,000,000 o más. Cuando se exigen, los archivos deben aportarse en los 30 días siguientes al requerimiento de la FTA. La Persona Cualificada de Zona Franca debe conservar documentación de precios de transferencia como condición de su tipo del 0 %. Las empresas que optan por el Small Business Relief no están obligadas a mantener la documentación. Preparamos análisis comparativos y documentación proporcionados a su tamaño y a su riesgo.
Fuentes: Ministerio de Finanzas — Decisión Ministerial n.º 97 de 2023 sobre los requisitos de conservación de la documentación de precios de transferencia a efectos del Decreto-Ley Federal n.º 47 de 2022; Autoridad Tributaria Federal — Decreto-Ley Federal n.º 47 de 2022 sobre la Tributación de las Sociedades y las Empresas (consultado el 24 de octubre de 2026)
Solo cuando la facturación del negocio es suficientemente alta. La persona física que ejerce una actividad empresarial en los EAU queda sujeta al impuesto de sociedades, y debe registrarse, cuando los ingresos totales de esa actividad superan AED 1 millón en un año natural; la página de registro de la FTA confirma el umbral. El salario, las rentas de inversiones privadas y las rentas de inversiones inmobiliarias quedan fuera del cálculo. Por debajo del umbral no hay obligación de registro ni de declaración. Por encima, se aplican los mismos tipos del 0 % y del 9 %, y puede optarse por el Small Business Relief mientras los ingresos no superen AED 3,000,000. Comprobamos si el titular de un permiso freelance ha cruzado la línea y, en ese caso, gestionamos el registro.
Fuente: Autoridad Tributaria Federal — Registro en el impuesto de sociedades (ficha de servicio) (consultado el 24 de octubre de 2026)
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