La inversión inmobiliaria sigue siendo una de las vías más directas para obtener la residencia en los EAU, y también una de las peor entendidas. Los umbrales que dan derecho a la residencia, los tipos de inmuebles admisibles, el tratamiento de las hipotecas y las implicaciones estratégicas han cambiado, y las normas vigentes ofrecen más flexibilidad de la que muchos inversores suponen.
Dos vías diferenciadas
Los EAU ofrecen dos vías de residencia ligadas a la propiedad inmobiliaria, cada una con sus propios umbrales de inversión, su duración y sus implicaciones estratégicas. La visa por propiedad estándar exige una inversión mínima de 750.000 AED en inmuebles residenciales terminados y concede una visa de residencia de dos años renovable. La vía del Golden Visa exige 2 millones de AED de inversión inmobiliaria y concede una visa de 10 años con todas las ventajas que conlleva el Golden Visa.
La diferencia entre ambas vías va mucho más allá de la duración de la visa. El Golden Visa concede la residencia sin necesidad de patrocinador, permite permanecer fuera de los EAU durante largos periodos sin perder el estatus y facilita el acceso a la banca. La visa por propiedad estándar, aunque más accesible, exige conservar la titularidad del inmueble y mantener una presencia regular en los EAU.
La cuestión hipotecaria
Una de las aclaraciones más relevantes de las normas vigentes afecta a los inmuebles hipotecados. El umbral del Golden Visa se aplica al precio de compra del inmueble, no al capital aportado por el inversor. Un inmueble adquirido por 3 millones de AED con una hipoteca de 1,5 millones de AED cumple los requisitos, siempre que el precio de compra alcance el mínimo de 2 millones de AED. Ahora bien, algunas oficinas de tramitación valoran el capital aportado en lugar del precio de compra, lo que crea una ambigüedad práctica que conviene verificar con cuidado antes de presentar la solicitud.
Sumar varios inmuebles
El inversor puede sumar varios inmuebles para alcanzar el umbral exigido. Una cartera de tres apartamentos valorados en 750.000 AED cada uno cumple el requisito de 2 millones de AED, siempre que todos los inmuebles estén registrados a su nombre y reúnan los criterios de admisibilidad. Esta flexibilidad abre la vía del Golden Visa a quienes prefieren diversificar antes que concentrar la inversión en un solo activo.
La inversión inmobiliaria en los EAU ya no es solo una decisión inmobiliaria. Es, a la vez, una decisión de residencia, una decisión bancaria y, desde la entrada en vigor del impuesto de sociedades, una posible decisión de planificación fiscal.
Polaris coordina todo el proceso de la visa por propiedad, desde la evaluación de los requisitos hasta el sellado de la visa. Para los clientes que adquieren un inmueble dentro de una estrategia más amplia de residencia y estructuración, garantizamos la coherencia desde el primer momento. Escríbanos a info@polaris.ae.