El corredor comercial entre Estados Unidos y los Emiratos Árabes Unidos nunca ha sido tan amplio, tan profundo ni tan importante en el plano estratégico. Con la actual administración estadounidense, la cooperación económica bilateral se ha intensificado en el comercio, la inversión, la defensa y la tecnología, y ha generado oportunidades concretas para las empresas que están en condiciones de operar en ambas jurisdicciones.
Para quien asesora a empresas, el fortalecimiento de esta relación no es un simple ruido de fondo diplomático. Se traduce en ventajas comerciales concretas: un mayor acceso al mercado, nuevos flujos de inversión, una cooperación normativa reforzada y una paridad cambiaria que elimina una de las fricciones más habituales del comercio transfronterizo.
La dimensión del corredor
Los EAU siguen siendo el mayor mercado de exportación de Estados Unidos en Oriente Medio y el Norte de África. El comercio bilateral de bienes y servicios ha crecido de forma sostenida, con especial fuerza en la tecnología, la defensa y la industria aeroespacial, la aviación, los servicios financieros y los equipos médicos. Los Acuerdos de Abraham, firmados en 2020 y mantenidos por sucesivas administraciones, han ampliado todavía más el panorama comercial al abrir corredores entre el Golfo e Israel que pasan por Dubái y Abu Dabi.
Pero las grandes cifras del comercio, por llamativas que resulten, no reflejan toda la profundidad de la relación. El verdadero hilo conductor está en los flujos de inversión. Los fondos soberanos de los EAU, entre ellos ADIA, Mubadala y ADQ, han ampliado de forma considerable su presencia inversora en Estados Unidos, con especial atención a la infraestructura tecnológica, la inteligencia artificial, las energías renovables, el sector inmobiliario y la sanidad. En sentido inverso, los fondos de capital privado, las firmas de capital riesgo y las multinacionales estadounidenses siguen viendo en los EAU su principal puerta de entrada a los mercados más amplios de Oriente Medio, el Norte de África y el sur de Asia.
Por qué esta relación importa para la estructuración transfronteriza
Para las empresas que estructuran sus operaciones en ambas jurisdicciones, la buena sintonía diplomática se traduce en varias ventajas prácticas que van mucho más allá de lo simbólico.
La paridad del AED con el dólar estadounidense, fijada en 3,6725, elimina el riesgo cambiario en las operaciones denominadas en USD. No es una ventaja menor: para las empresas que gestionan su tesorería en mercados emergentes volátiles, la certeza de esa paridad simplifica la gestión de la liquidez, suprime los costes de cobertura y permite una elaboración de los estados financieros sencilla. Varios grandes bancos estadounidenses mantienen operaciones de servicio completo en los EAU, incluso dentro del DIFC, lo que facilita la gestión transfronteriza de la tesorería, la financiación del comercio y los servicios de banca de inversión.
La modernización normativa de los EAU, que abarca el marco del impuesto de sociedades, una mejor protección de la propiedad intelectual y una regulación financiera cada vez más sofisticada, ha convertido al país en un entorno operativo más familiar para las empresas estadounidenses acostumbradas a regímenes regulatorios estructurados. La distancia entre «cómo se hacen las cosas en Estados Unidos» y «cómo se hacen en los EAU» se ha estrechado mucho en los últimos cinco años.
La falta de un convenio fiscal entre Estados Unidos y los EAU es un dato estructural, pero no el obstáculo que muchos suponen. El bajo tipo del impuesto de sociedades de los EAU, unido a la posibilidad de aplicar créditos fiscales por impuestos pagados en el extranjero conforme al derecho interno estadounidense, configura un marco funcional, aunque no óptimo, para la eficiencia fiscal transfronteriza.
La cuestión del convenio fiscal
Los EAU y Estados Unidos no tienen un convenio fiscal bilateral, una cuestión que aparece a menudo en los debates sobre estructuración. Sin embargo, las consecuencias prácticas de esta ausencia son más matizadas de lo que parece. El tipo del impuesto de sociedades del 9 % de los EAU implica que los ingresos de fuente emiratí soportan una carga fiscal relativamente moderada, exista o no convenio. Las personas estadounidenses pueden aplicar créditos fiscales por el impuesto de sociedades pagado en los EAU y compensar así su deuda tributaria estadounidense, dólar por dólar, hasta el límite que corresponda.
Para las estructuras de holding, la falta de convenio implica que los flujos de dividendos, intereses y cánones entre entidades estadounidenses y emiratíes no se benefician de tipos de retención reducidos. Por eso el diseño de las entidades y la canalización de los pagos intragrupo cobran una importancia especial; es un terreno en el que un buen asesoramiento con presencia en varias jurisdicciones se amortiza con creces.
Consecuencias prácticas para entrar en el mercado
Las empresas estadounidenses que entran en el mercado de los EAU se enfrentan a un conjunto conocido de decisiones estructurales: constituirse en zona franca o en territorio continental, abrir una sucursal o una filial, optar por una entidad única o por una estructura de holding. La respuesta óptima depende de las circunstancias concretas de cada empresa: su modelo de ingresos, su base de clientes, sus planes de plantilla, su estrategia de propiedad intelectual y sus obligaciones de información fiscal en Estados Unidos.
Lo que ha cambiado es el grado de detalle que exige el análisis. Hace una década, muchas empresas estadounidenses entraban en los EAU con una simple entidad de zona franca, sin apenas valorar las implicaciones fiscales, de sustancia o estructurales. Hoy, con el impuesto de sociedades, los requisitos del ESR, las obligaciones de precios de transferencia y un reporte FATCA más exigente, el coste de una entrada mal planificada se ha disparado.
Polaris asesora a clientes estadounidenses e internacionales sobre los aspectos estructurales de las operaciones transfronterizas en los EAU: la elección de la entidad, la arquitectura de holding, las cuestiones de precios de transferencia y la coordinación de las obligaciones del impuesto de sociedades de los EAU con los requisitos de información de Estados Unidos. Escríbanos a info@polaris.ae.