Informes de sustancia económica (ESR) y comunicación del titular real (UBO) en todas las jurisdicciones de los EAU.
El Reglamento de Sustancia Económica de los EAU (ESR) obliga a las entidades que desarrollan actividades relevantes a demostrar una sustancia económica suficiente en el país. Entre dichas actividades figuran la banca, los seguros, la gestión de fondos, la financiación y el arrendamiento, las funciones de sede central, el transporte marítimo, las sociedades holding, la propiedad intelectual y los centros de distribución y de servicios.
La normativa sobre el titular real (UBO) obliga a todas las entidades de los EAU a identificar, verificar e inscribir a sus titulares reales, es decir, las personas físicas que en última instancia poseen o controlan la entidad. Esta información debe presentarse ante el registro competente y mantenerse permanentemente actualizada. Polaris gestiona las notificaciones e informes ESR, así como las inscripciones UBO, en nombre de sus clientes y en todas las jurisdicciones de los EAU: analizamos si su entidad realiza actividades relevantes, preparamos las declaraciones exigidas y garantizamos el cumplimiento continuo a medida que su negocio evoluciona.
Respuestas basadas en las normas publicadas por las autoridades y reguladores de los EAU. Cada respuesta enlaza con su fuente oficial. Última revisión: 5 de noviembre de 2026.
Todas las personas jurídicas licenciadas o registradas en los EAU, incluidas las de las zonas francas comerciales. La Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023 sobre la regulación de los procedimientos relativos al beneficiario final, que sustituyó a la Decisión del Consejo de Ministros n.º 58 de 2020, se aplica a todas esas sociedades y al registrador que las licencia. Solo quedan exentas las sociedades íntegramente participadas por el Gobierno federal o un gobierno local, las sociedades de las zonas francas financieras y los socios públicos. Cada sociedad debe llevar un registro de beneficiarios finales y un registro de socios o accionistas, presentar sus datos ante su registrador y designar a una persona física residente en los EAU autorizada a revelar esa información. Mantenemos los registros de las sociedades que administramos y presentamos las actualizaciones.
Fuente: Ministerio de Economía y Turismo — Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023 sobre la regulación de los procedimientos relativos al beneficiario final (consultado el 24 de octubre de 2026)
La persona física que en última instancia posee o controla la sociedad. El artículo 5 de la Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023 identifica como beneficiario final a quien posee el 25 % o más del capital o el 25 % o más de los derechos de voto, directa o indirectamente a través de una cadena de titularidad, o a quien controla la sociedad por otros medios, como el derecho a nombrar o cesar a la mayoría de sus administradores. Si no puede identificarse a ninguna persona física por esa vía, se considera beneficiario final a quien ejerce el control por otros medios y, en su defecto, a la persona física que ocupa el puesto de alta dirección. Varias personas que comparten una participación se consideran todas titulares de ella. Rastreamos la titularidad en todos los niveles, incluidas las estructuras con nominales y fundaciones.
Fuente: Ministerio de Economía y Turismo — Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023 sobre la regulación de los procedimientos relativos al beneficiario final (consultado el 24 de octubre de 2026)
En los 60 días siguientes a la licencia y en los 15 días siguientes a cualquier cambio. La Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023 obliga a la persona jurídica a presentar ante el registrador los datos de su registro de beneficiarios finales y de su registro de socios o accionistas en los 60 días siguientes a su licencia o registro, a anotar cualquier cambio en esos registros en los 15 días siguientes a tener conocimiento de él y a notificar al registrador cualquier modificación en 15 días. Los datos adicionales que pida el registrador deben facilitarse en 14 días. Ningún cambio de titularidad puede inscribirse sin que el adquirente declare si altera al beneficiario final. El liquidador debe entregar los registros al registrador en los 30 días siguientes a su nombramiento. Anotamos estos plazos en agenda en cada transmisión de participaciones.
Fuente: Ministerio de Economía y Turismo — Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023 sobre la regulación de los procedimientos relativos al beneficiario final (consultado el 24 de octubre de 2026)
Escalan desde el apercibimiento hasta multas de seis cifras y la suspensión de la licencia. La Decisión del Consejo de Ministros n.º 132 de 2023 fija el cuadro: por una primera infracción el registrador emite un apercibimiento escrito con 15 o 30 días para corregir; la segunda infracción del mismo tipo conlleva multa, y la tercera el doble. No establecer y mantener el registro de beneficiarios finales cuesta AED 50,000 la segunda vez y AED 100,000 la tercera; no actualizarlo, AED 15,000 y después AED 30,000; no presentar los registros ante el registrador, AED 15,000 y después AED 30,000. En la tercera infracción el registrador puede además suspender la licencia comercial hasta que se pague la multa y se subsane el incumplimiento. Resolvemos los apercibimientos dentro del plazo de corrección.
Fuente: Ministerio de Economía y Turismo — Decisión del Consejo de Ministros n.º 132 de 2023 sobre las sanciones administrativas aplicables a los infractores de la Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023 (consultado el 24 de octubre de 2026)
Sí. Conforme al artículo 9 de la Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023, el gerente o miembro del consejo que actúa por instrucciones de otra persona debe comunicar a la sociedad que es nominal, y facilitar sus datos, en los 15 días siguientes a asumir el cargo, y debe comunicar cualquier cambio o cese en otros 15 días. La sociedad inscribe al nominal, y a la persona a la que representa, en su registro de socios o accionistas, y lo mismo se aplica a cualquier accionista que tenga las participaciones por cuenta de otra persona. Las acciones al portador están prohibidas. Según la Decisión del Consejo de Ministros n.º 132 de 2023, no facilitar al registrador los datos del nominal cuesta AED 40,000 en la segunda infracción y AED 80,000 en la tercera. Nuestros nombramientos como nominal se documentan y se declaran en consecuencia.
Fuente: Ministerio de Economía y Turismo — Decisión del Consejo de Ministros n.º 109 de 2023 sobre la regulación de los procedimientos relativos al beneficiario final (consultado el 24 de octubre de 2026)
El Reglamento de Sustancia Económica, introducido por la Resolución del Consejo de Ministros n.º 31 de 2019 y reeditado como Resolución del Consejo de Ministros n.º 57 de 2020, obliga a las entidades del territorio continental y de las zonas francas de los EAU que desarrollan una actividad relevante a mantener una presencia económica suficiente en el país. El Ministerio de Finanzas enumera nueve actividades relevantes: banca, seguros, gestión de fondos de inversión, arrendamiento financiero, sede central, transporte marítimo, sociedad holding, propiedad intelectual y centro de distribución y de servicios. El régimen se aplica a los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2019 o después. El marco legal publicado por el Ministerio incluye ahora también la Resolución del Consejo de Ministros n.º 98 de 2024 entre las decisiones que rigen el régimen; confirmamos si su entidad tiene alguna obligación pendiente por los ejercicios que cubre el régimen antes de presentar nada.
Fuentes: Ministerio de Finanzas — Reglamento de Sustancia Económica (ESR); Autoridad Tributaria Federal — Resolución del Consejo de Ministros n.º 57 de 2020 sobre los requisitos de sustancia económica (consultado el 24 de octubre de 2026)
Dos presentaciones al año ante la autoridad reguladora. La Resolución del Consejo de Ministros n.º 57 de 2020 obliga al licenciatario o licenciatario exento a notificar cada año a su autoridad reguladora la actividad relevante desarrollada, si obtuvo ingresos relevantes y las fechas de su ejercicio, y obliga al licenciatario que debe superar la prueba de sustancia económica a presentar un informe de sustancia económica en los 12 meses siguientes al cierre del ejercicio. No presentar la notificación cuesta AED 20,000; no presentar el informe o no superar la prueba cuesta AED 50,000, que sube a AED 400,000 si el incumplimiento se repite al año siguiente, con posible suspensión o no renovación de la licencia. Revisamos el cumplimiento histórico de los ejercicios que cubre el régimen cuando asumimos la administración de una sociedad.
Fuentes: Autoridad Tributaria Federal — Resolución del Consejo de Ministros n.º 57 de 2020 sobre los requisitos de sustancia económica; Ministerio de Finanzas — Reglamento de Sustancia Económica (ESR) (consultado el 24 de octubre de 2026)
La Autoridad Tributaria Federal. Conforme a la Resolución del Consejo de Ministros n.º 57 de 2020, la FTA es la autoridad nacional de evaluación: determina si el licenciatario superó la prueba de sustancia económica, impone las sanciones administrativas de los artículos 13 a 15, resuelve los recursos del artículo 17 y ejerce las funciones de información del artículo 10. Las notificaciones y los informes se presentan a través del portal ESR del Ministerio de Finanzas, que gestiona también las solicitudes de recurso, y la FTA atiende las consultas sobre ESR en FTAESR@tax.gov.ae. El Ministerio de Finanzas advierte de que el incumplimiento puede acarrear sanciones, intercambio de información con autoridades extranjeras y medidas administrativas como la suspensión o la no renovación de la licencia comercial. Nos relacionamos con la FTA y con su autoridad reguladora en las evaluaciones y los recursos.
Fuentes: Autoridad Tributaria Federal — Reglamento de Sustancia Económica; Ministerio de Finanzas — Reglamento de Sustancia Económica (ESR) (consultado el 24 de octubre de 2026)
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