Perspectivas
1 de noviembre de 2026Legal y RegulatorioMercados y Economía

Los tribunales de los EAU ejecutan directamente los cheques devueltos, pero si se prueba que el cheque es de garantía, solo por la deuda pendiente

En los EAU, un cheque devuelto por falta de fondos, fondos insuficientes o cuenta cerrada va directamente al juez de ejecución. Las cuentas congeladas siguen en discusión: el principio de unificación apunta a la ejecución directa, pero una sentencia de Abu Dabi la denegó. Y el librador que impugna un cheque de garantía en cuanto al fondo y prueba lo que garantizaba puede limitar la ejecución a la deuda incumplida; en 2025, el máximo tribunal de Dubái confirmó un límite de ese tipo.

Una mano firma un documento con una pluma

Un cheque devuelto es un título ejecutivo, no una sentencia

Conforme al artículo 667 de la Ley de Transacciones Comerciales de 2022, en vigor desde enero de 2023, el cheque que el banco ha marcado como impagado por falta o insuficiencia de fondos es un título ejecutivo. El tenedor puede pedir al juez de ejecución que lo ejecute, total o parcialmente, sin necesidad de demandar antes. La misma regla figuraba en el artículo 635 bis de la ley de 1993, en su redacción de 2020. El Código de Procedimiento Civil de 2022 se articula en torno a ella: el artículo 212 incluye entre los títulos ejecutivos cualquier documento al que la ley atribuya ese carácter, y el artículo 143 excluye por ese motivo los cheques del procedimiento de orden de pago. El proceso penal contra el librador no detiene la ejecución (artículo 682).

El Tribunal Supremo Federal ha dejado claro lo que ese carácter no implica. En abril de 2023 resolvió que estampar la fórmula ejecutoria en un cheque no lo convierte en una sentencia. El cheque sigue siendo un documento privado que acredita una deuda, su causa solo se presume, y el librador puede discutir la deuda y probar que el cheque se entregó en garantía o se ha pagado en parte. El juez de ejecución y el tribunal de apelación se habían negado a examinar esa defensa, pese a que estaba respaldada por recibos firmados por el beneficiario; el Tribunal Supremo anuló la sentencia de apelación que había confirmado la resolución del juez de ejecución.

La presunción sigue siendo fuerte. En 2021, con la ley de 1993, el mismo tribunal declaró que, cuando un cheque es devuelto, la persona que lo firmó y la persona de cuya cuenta se libró responden solidariamente de él, y el tenedor no necesita probar por qué se emitió. Es el librador quien debe probar el pago, que la deuda se ha extinguido o que no se debe o aún no es exigible.

Lo que el banco escribe en el cheque decide la vía

Dubái y Abu Dabi tienen cada uno su propio tribunal de casación, y a mediados de 2023 sus sentencias sobre las cuentas cerradas divergieron. El Tribunal de Casación de Dubái resolvió en abril de 2023, con la ley anterior, que solo una devolución por «falta de fondos» o «fondos insuficientes» cumple el requisito. Una sala del Tribunal de Casación de Abu Dabi, a diferencia de salas anteriores de ese mismo tribunal, adoptó la tesis contraria en junio de 2023, pero el 30 de octubre de 2023 la Asamblea General de Abu Dabi acogió la interpretación restrictiva: el artículo 667 es una excepción a la regla de que un cheque necesita una resolución judicial antes de ejecutarse, y las excepciones no se extienden por analogía.

El 21 de diciembre de 2023, la Autoridad de Unificación de Principios Judiciales Federales y Locales, que resuelve los principios contradictorios de los tribunales supremos del país, zanjó la cuestión. Un cheque devuelto porque la cuenta está cerrada es un título ejecutivo, como el devuelto por falta de fondos: el librador no puede eludir un cheque cerrando la cuenta. La Autoridad se apartó del principio de Dubái, y el repertorio oficial de Abu Dabi recoge ahora el principio de su Asamblea General como derogado por esa decisión. Conforme al artículo 18 de la Ley Federal n.º 10 de 2019, todos los tribunales federales y locales deben atenerse a los principios de la Autoridad; la sentencia que se aparte de uno de ellos puede impugnarse por ese motivo (si es de un tribunal supremo, en un plazo de 60 días).

La cuestión de las cuentas congeladas no está zanjada. El principio publicado por la Autoridad trata el cheque devuelto con la indicación «cheque congelado o cuenta cerrada» como el devuelto por falta o insuficiencia de fondos, directamente ejecutable. Sin embargo, en agosto de 2024, una sala del Tribunal de Casación de Abu Dabi, que consideró su caso distinto del resuelto en diciembre de 2023, denegó la ejecución directa de un cheque de 225.000 AED devuelto porque la cuenta estaba «congelada o suspendida». El cierre pone fin a una cuenta definitivamente, razonó; la congelación la detiene durante un tiempo, y el principio sobre las cuentas cerradas no llega tan lejos. Al tenedor solo le quedó una demanda ordinaria. Como los principios de la Autoridad vinculan a todos los tribunales, una sentencia de ese tipo puede impugnarse, y ninguna otra sentencia de nuestra biblioteca se ha ocupado de una cuenta congelada. Provocar deliberadamente una congelación es un delito conforme al artículo 675, cuestión distinta de la vía ejecutiva.

Probado que el cheque es de garantía, solo se ejecuta por el incumplimiento que garantiza

Los cheques de garantía, a menudo sin fecha y entregados para respaldar un préstamo, un arrendamiento, un aval o un contrato de suministro, encajan mal en la ejecución directa. El Tribunal de Casación de Dubái fijó su posición en marzo de 2025. Se presume que un cheque es un pago, pero el librador puede probar que se entregó en garantía. Una vez acreditado, la obligación de pagarlo queda sujeta a una condición suspensiva, el incumplimiento que garantiza, y el beneficiario debe probar que ese incumplimiento se ha producido. El tribunal que conoce de una impugnación sustantiva puede limitar la ejecución al importe realmente pendiente.

Una sociedad garantizó un préstamo de 1,5 millones de USD y entregó al prestamista un cheque sin fecha por el importe total en dírhams, 5.508.750 AED. El prestatario devolvió 150.000 USD, y el prestamista presentó el cheque a ejecución. El tribunal de primera instancia rechazó la controversia planteada por la garante; sobre la base de la conciliación de un perito, el tribunal de apelación limitó la ejecución a 1,35 millones de USD, y el Tribunal de Casación lo confirmó. La sociedad garante perdió su argumento más amplio: la garantía decía que el cheque se devolvería si el prestamista recibía «cualquier pago» antes del vencimiento, y el tribunal lo interpretó, conforme a la razón y la lógica, como el reembolso total, puesto que el acuerdo no preveía pagos a plazos. Una condición de devolución pensada para activarse con un pago parcial tiene, por tanto, que decirlo expresamente.

Ese mismo mes, el tribunal de Dubái confirmó la cancelación total de la ejecución de un cheque de 8 millones de AED. Las cuentas periciales mostraron que el cheque procedía de operaciones comerciales entre el tenedor y una sociedad vinculada, que solo debía unos 477.000 AED, y que el librador había venido pagando por cuenta de esa sociedad. El tribunal recordó que el librador puede oponerse a la ejecución probando que el cheque carece de contraprestación, se obtuvo ilícitamente, se entregó en garantía o no se debe.

Cómo impugna el cheque el librador

El cauce es la controversia sustantiva de ejecución del artículo 239 del Código de Procedimiento Civil. Cuando el librador formula oposición en el expediente de ejecución y el juez de ejecución aprecia que la oposición afecta al derecho mismo, autoriza al librador a registrarla como controversia sustantiva en un plazo de siete días hábiles. Entretanto, la ejecución continúa salvo que se acuerde su suspensión. El plazo es breve y la carga recae en el librador, de modo que la prueba ya tiene que existir y no puede reconstruirse a posteriori.

En enero de 2024, la Asamblea General del Tribunal de Casación de Dubái resolvió la contradicción entre las sentencias de sus salas sobre si una controversia de este tipo puede llegar a casación. El artículo 175(3) del Código excluye el recurso de casación contra las sentencias de apelación dictadas en procedimientos de ejecución; la Asamblea resolvió que esa exclusión solo alcanza a los actos de pura ejecución, no a las sentencias que deciden si el cheque se debe, que pueden recurrirse en casación en los términos ordinarios del Código, incluido el caso de una reclamación superior a 500.000 AED o de cuantía indeterminada. El asunto versaba sobre un cheque de 30 millones de AED ejecutado contra una sociedad y contra una persona física incorporada a la ejecución. Ambas alegaban que se había entregado en blanco a un antiguo responsable financiero y se había utilizado indebidamente. La Asamblea anuló la sentencia de apelación porque se había apoyado en la presunción de pago sin examinar sus pruebas, el informe de un consultor y unos mensajes.

Siempre que un librador avanzó en estos casos, había documentos: una garantía escrita y justificantes de transferencias, recibos firmados por el beneficiario, informes de contables, mensajes. Los tribunales ponderan pruebas frente a una presunción fuerte, no afirmaciones.

Cláusulas arbitrales y cheques endosados a bancos

El acreedor cuyo contrato contiene una cláusula arbitral o de sumisión a tribunales extranjeros tiene que elegir. En el caso de los 8 millones de AED, los contratos de fletamento del tenedor sometían las controversias al Tribunal Superior de Inglaterra (High Court) en Londres (con arbitraje en Singapur ante árbitro único para las reclamaciones de hasta 1,1 millones de AED) o a Nueva York. El Tribunal de Casación de Dubái resolvió que eso no le servía. Un convenio arbitral solo vincula a sus partes, y el librador no era parte en los contratos de fletamento. Además, el tenedor había optado por ejecutar el cheque en Dubái, lo que el tribunal de apelación podía considerar una renuncia tácita. Y había alegado sobre el fondo antes de invocar la cláusula, cuando el artículo 8(1) de la Ley Federal de Arbitraje exige plantear primero esa excepción.

El banco que recibe cheques por endoso queda al margen de las disputas del librador. En 2022, el Tribunal Supremo Federal examinó el caso de una sociedad comercial que había obtenido en Sharjah una sentencia que condenaba a sus proveedores a devolver unos cheques tras el rechazo de la mercancía. Algunos de los cheques se habían endosado a un banco, que obtuvo una sentencia firme contra los libradores y endosantes por 5.137.900 AED. El Tribunal resolvió que ambas sentencias no eran contradictorias: el banco no había sido parte en el primer pleito, y el endosatario puede cobrar del librador sea cual sea la disputa entre librador y beneficiario, salvo que se pruebe su mala fe o su adquisición ilícita. Aquello se resolvió con la ley de 1993; la ley de 2022 contiene una regla similar para las letras de cambio en el artículo 537, que impide oponer excepciones basadas en las relaciones personales del deudor con tenedores anteriores salvo que el tenedor haya adquirido el título con intención de perjudicar al deudor, y el artículo 626 aplica a los cheques las normas de la letra de cambio en lo que sean compatibles.

Lo que revisamos en la práctica de una empresa con los cheques

En las empresas que emiten cheques, empezamos por un registro de todos los cheques pendientes y, para cada cheque de garantía, el documento que indica qué garantiza, el importe máximo por el que puede presentarse, el hecho que permite presentarlo y cuándo debe devolverse. El caso de la garantía en Dubái dependió precisamente de esas palabras. Los cheques en blanco y sin fecha se reducen al mínimo, los talonarios están controlados, y el mandato bancario y los acuerdos del consejo muestran quién puede firmar. La sociedad del caso de los 30 millones de AED atribuyó su problema a un cheque en blanco en manos de un antiguo empleado.

Cada pago se vincula al cheque cuyo importe reduce, con confirmaciones de transferencia, recibos firmados por el beneficiario y extractos de cuenta. Cuando se extingue la obligación garantizada, el cheque se recupera contra un acuse de recibo escrito. Hay dos salidas que no funcionan. Cerrar la cuenta ya no impide la ejecución directa, y cerrarla o vaciarla antes de que se presente el cheque es en sí mismo un delito conforme al artículo 675. Tampoco sirve una orden de no pago: conforme al artículo 651, el banco solo admite la oposición al pago si el cheque se ha extraviado o el tenedor ha sido declarado en quiebra, y un tribunal no puede suspender el pago ni siquiera cuando se discute el derecho subyacente. Pedir al banco que no pague fuera de esos casos es en sí mismo un delito.

En las empresas que son tenedoras de cheques, se comprueba el motivo de devolución indicado por el banco antes de elegir la vía, y se tienen preparados el contrato y el requerimiento de incumplimiento que acreditan que la deuda garantizada es exigible. Cuando el contrato tiene cláusula arbitral, se sopesa la rapidez de la vía del cheque frente al riesgo de perder la cláusula. En cuanto a los firmantes, nuestro artículo complementario sobre responsabilidad personal analiza hasta qué punto las firmas estampadas por cuenta de una sociedad obligan a quien firma.

Una vía rápida, no un cheque en blanco

La vía ejecutiva sigue haciendo de un cheque devuelto una de las deudas más rápidas de cobrar en los EAU, y la decisión de diciembre de 2023 cerró la vía de escape más evidente. Lo que los tribunales no han hecho es cerrar la puerta al librador que puede probar que un cheque de garantía garantiza menos que su importe nominal. Que un cheque se ejecute en su totalidad, en parte o no se ejecute en absoluto depende ahora de los documentos que lo respaldan y de quién los conservó.

Las sentencias en que se basa este artículo

Tribunal y asuntoFechaQué decidió el tribunal
Tribunal de Casación de Dubái, Recurso Mercantil n.º 40 de 202519 de marzo de 2025Un convenio arbitral solo vincula a sus partes; cabía entender que el tenedor que ejecutó un cheque en Dubái había renunciado a él, y la ejecución se canceló porque el cheque no se debía.
Tribunal de Casación de Dubái, Recurso Mercantil n.º 88 de 2025 (acumulado al Recurso n.º 133 de 2025)6 de marzo de 2025Una vez que el librador prueba que el cheque era de garantía, solo es exigible cuando se produce el incumplimiento garantizado, que el beneficiario debe probar; se confirmó el límite de 1,35 millones de USD impagados.
Tribunal de Casación de Abu Dabi, Recurso Mercantil n.º 767 de 202427 de agosto de 2024Un cheque devuelto porque la cuenta está congelada o suspendida no es título ejecutivo; el principio de unificación sobre las cuentas cerradas no se extiende a él.
Tribunal de Casación de Dubái (Asamblea General), Recurso n.º 5 de 202331 de enero de 2024Las sentencias de apelación que resuelven controversias sustantivas de ejecución, como la impugnación de un cheque ejecutado, son recurribles en casación; el artículo 175(3) solo excluye los actos de pura ejecución.
Tribunal Supremo Federal (Autoridad de Unificación de Principios Judiciales Federales y Locales), Solicitud n.º 1 de 202321 de diciembre de 2023Un cheque devuelto con la indicación «cuenta cerrada» es título ejecutivo, como el devuelto por falta o insuficiencia de fondos (el principio publicado menciona también un «cheque congelado»); se abandonó el principio contrario de Dubái.
Tribunal de Casación de Abu Dabi (Asamblea General), Solicitud n.º 4 de 2023 (Mercantil)30 de octubre de 2023Solo los cheques devueltos por falta o insuficiencia de fondos son títulos ejecutivos; el repertorio oficial recoge este principio como derogado por la decisión de unificación de diciembre de 2023.
Tribunal Supremo Federal, Recurso Mercantil n.º 1422 de 202225 de abril de 2023La fórmula ejecutoria no convierte un cheque en una sentencia; en una controversia sustantiva de ejecución, el librador puede probar que era de garantía o que se pagó en parte.
Tribunal Supremo Federal, Demanda por Conflicto de Competencia n.º 4 de 2022agosto de 2022El banco tenedor de cheques por endoso puede cobrar del librador sea cual sea la disputa de este con el beneficiario, salvo que se pruebe la mala fe o la adquisición ilícita del banco.
Tribunal Supremo Federal, Recurso Mercantil n.º 50 de 202131 de agosto de 2021Cuando un cheque es devuelto, su firmante y el titular de la cuenta responden solidariamente sin que el tenedor deba probar su causa; el librador debe probar el pago o que nada se debe.
Cada asunto enlaza con nuestro resumen en inglés en la Biblioteca Jurídica de los EAU de Polaris, que a su vez enlaza con el texto oficial del tribunal.
Conclusiones clave
  • Desde la decisión de unificación de diciembre de 2023, un cheque devuelto por falta de fondos, fondos insuficientes o cuenta cerrada puede ejecutarse directamente a través del juez de ejecución.
  • El principio de unificación trata el cheque con la indicación «cheque congelado» como uno sin fondos, pero una sala de Abu Dabi denegó en agosto de 2024 la ejecución directa en un caso de cuenta congelada, por lo que la cuestión no está zanjada.
  • Si el librador prueba que el cheque era de garantía, solo es exigible cuando se produce el incumplimiento garantizado, que el beneficiario debe probar; en un caso de Dubái de 2025, la ejecución se limitó al importe realmente pendiente.
  • El librador impugna la deuda mediante una controversia sustantiva de ejecución registrada en un plazo de siete días hábiles; en Dubái, la sentencia de apelación sobre esa controversia es recurrible en casación cuando la reclamación supera 500.000 AED o es de cuantía indeterminada.
  • Ejecutar un cheque ante los tribunales de Dubái puede considerarse una renuncia a la cláusula arbitral, que en todo caso no vincula al librador que no es parte en ella; al banco tenedor de un cheque endosado no le afecta la disputa del librador con el beneficiario, salvo que se pruebe su mala fe.
  • Cerrar la cuenta o pedir al banco que no pague no neutraliza un cheque y puede constituir en sí mismo un delito.

La perspectiva de Polaris

Polaris no es un despacho de abogados y no comparece ante los tribunales; cuando una controversia sobre un cheque llega al juez de ejecución, trabajamos junto a abogados habilitados en los EAU. Nuestro papel empieza antes: la documentación que decide estos casos. A través de nuestro servicio de secretaría societaria mantenemos al día los mandatos de firma y los acuerdos del consejo, y dejamos constancia de qué garantiza cada cheque de garantía, su límite y la condición para su devolución. Nuestro equipo de teneduría de libros conserva el rastro de pagos que muestra lo abonado a cuenta de cada cheque. Y antes de que un cliente acepte cheques de una nueva contraparte, nuestro trabajo de due diligence comprueba quién está detrás de la cuenta y quién firma por ella.

Fuentes

  1. Decreto-Ley Federal n.º 50 de 2022 por el que se promulga la Ley de Transacciones Comerciales — Portal de legislación de los EAU
  2. Decreto-Ley Federal n.º 42 de 2022 por el que se promulga el Código de Procedimiento Civil — Portal de legislación de los EAU
  3. Ley Federal n.º 6 de 2018 sobre Arbitraje — Portal de legislación de los EAU
  4. Ley Federal n.º 10 de 2019 sobre la Regulación de las Relaciones Judiciales entre las Autoridades Judiciales Federales y Locales — Portal de legislación de los EAU
  5. Tribunal Supremo Federal, Repertorio de Sentencias 2023: Solicitud n.º 1 de 2023 ante la Autoridad de Unificación y Recurso Mercantil n.º 1422 de 2022 — Ministerio de Justicia de los EAU (repertorios del Tribunal Supremo Federal)
  6. Tribunal Supremo Federal, Repertorio de Sentencias 2022: Demanda por Conflicto de Competencia n.º 4 de 2022 — Ministerio de Justicia de los EAU (repertorios del Tribunal Supremo Federal)
  7. Tribunal Supremo Federal, Repertorio de Sentencias 2021: Recurso Mercantil n.º 50 de 2021 — Ministerio de Justicia de los EAU (repertorios del Tribunal Supremo Federal)
  8. Tribunal de Casación de Abu Dabi (Asamblea General), Solicitud n.º 4 de 2023 (Mercantil) — Departamento Judicial de Abu Dabi
  9. Tribunal de Casación de Abu Dabi, Recurso Mercantil n.º 767 de 2024 — Departamento Judicial de Abu Dabi
  10. Tribunal de Casación de Dubái (Asamblea General), Recurso n.º 5 de 2023 — Tribunales de Dubái
  11. Tribunal de Casación de Dubái, Recurso Mercantil n.º 88 de 2025 — Tribunales de Dubái
  12. Tribunal de Casación de Dubái, Recurso Mercantil n.º 40 de 2025 — Tribunales de Dubái

Este artículo describe las sentencias de los tribunales de los EAU y la legislación tal como se encontraban a 1 de noviembre de 2026. Es información general, no asesoramiento jurídico. Polaris no es un despacho de abogados; en los litigios trabajamos junto a abogados habilitados en los EAU.

Perspectivas relacionadas

Los tribunales de los EAU hacen valer las cláusulas arbitrales, pero las excepciones tardías, la redacción facultativa y la ejecución de cheques pueden dejar a una empresa sin la suyaAlegar primero sobre el fondo, cláusulas facultativas, la ejecución de cheques como renuncia y el plazo de 30 días para la anulación.Las deudas de una sociedad alcanzan a los gerentes y propietarios de una LLC por la culpa, las garantías y la falta de licencia, no por la firma de contratosCuándo responden los firmantes, gerentes y propietarios de las deudas de una sociedad, y cuándo no.El sector bancario de los EAU en 2026: estabilidad, innovación y qué significa para la banca empresarialLa salud del sector, la realidad de la apertura de cuentas y lo que supone para la banca de empresas en los EAU.Gobierno corporativo en los EAU 2026: registros UBO, ESR y el mandato de transparenciaLos registros, acuerdos y documentos que se espera que mantenga toda sociedad de los EAU.